El Tribunal Supremo de Kenia defiende a una organizaci贸n LGTB+ por primera vez
El Tribunal Supremo de Kenia ha fallado a favor de un grupo de defensa de los derechos de las personas LGBTQ+ que lleva una década luchando por conseguir un estatuto oficial.
La Comisión Nacional de Derechos Humanos de Gays y Lesbianas (NGLHRC, por sus siglas en inglés) inició su caso en 2013 después de que se denegara su solicitud de registro como organización no gubernamental (ONG).
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La Junta de Coordinación de ONG se había negado a registrar la NGLHRC porque su nombre contenía las palabras "gay" y "lesbiana". La homosexualidad está penalizada en Kenia en virtud de leyes impuestas durante el colonialismo británico.
En 2015, el Tribunal Superior declaró inconstitucional la denegación. El caso pasó entonces al Tribunal de Apelación, que dictó la misma sentencia en 2019.
El Tribunal Supremo lo ha confirmado ahora, dictaminando el viernes (24 de febrero) que sería "inconstitucional limitar el derecho a asociarse, mediante la denegación del registro de una asociación, por el mero hecho de la orientación sexual de los solicitantes".
La sentencia afirmaba: "Dado que el derecho a la libertad de asociación es un derecho humano, vital para el funcionamiento de cualquier sociedad democrática, así como un requisito previo esencial para el disfrute de otros derechos y libertades fundamentales, sostenemos que este derecho es inherente a todas las personas, independientemente de si las opiniones que pretenden promover son populares o no".
El Tribunal Supremo es la máxima instancia judicial de Kenia, lo que significa que la decisión es inapelable.
Un triunfo" para la comunidad LGBTQ+ de Kenia
La victoria fue celebrada por la actual directora ejecutiva de la NGLHRC, Njeri Gateru.
"La decisión del Tribunal Supremo de confirmar las sentencias de los tribunales inferiores es un triunfo de la justicia y los derechos humanos", afirmó Gateru.
"En un momento en que la comunidad LGBTIQ+ keniana denuncia el aumento de los ataques y la violencia; esta decisión afirma el espíritu y la intención de la Constitución de proteger a todos los kenianos y garantizar sus derechos".
Téa Braun, directora ejecutiva de Human Dignity Trust, también acogió con satisfacción la sentencia del Tribunal Supremo. Alabó la "tenacidad" del grupo y de su antiguo director Eric Gitari, que presentó la impugnación original.
"Hoy, la tenacidad de Eric Gitari, de la NGLHRC y de todos los kenianos LGBT que desean ejercer su derecho constitucionalmente protegido a reunirse y organizarse libremente se ha visto recompensada con esta sentencia inequívoca del Tribunal Supremo", declaró Braun.
"A lo largo de este proceso, tres tribunales han confirmado acertadamente que a las organizaciones que tratan de salvaguardar el respeto de los derechos humanos se les debe permitir hacerlo con la plena protección de la ley, y esto incluye a las organizaciones que trabajan en apoyo de las personas LGBT incluso allí donde aún existen leyes draconianas que penalizan la intimidad entre personas del mismo sexo.
"Human Dignity Trust aplaude de todo corazón sus sentencias".
Las personas LGBTQ+ siguen enfrentándose a importantes problemas legales en Kenia: las relaciones homosexuales son delito, y los condenados se enfrentan a penas de entre 5 y 14 años de prisión.
Aunque las relaciones sexuales entre mujeres no están explícitamente penalizadas, lesbianas, bisexuales y transexuales pueden sufrir discriminación, incluida la "violación correctiva".
Kenia no reconoce ningún tipo de relación entre personas del mismo sexo y no existe protección para las personas LGBTQ+ por motivos de orientación sexual o identidad de género.